Licencia de conducción
Es un documento público de carácter obligatorio que deben portar los conductores para poder conducir dentro de nuestro territorio.
El artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 define LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN Como documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, el cual autoriza a una persona para la conducción de vehículos con validez en todo el territorio nacional.
Será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
B.1. Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción.
B.2. Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida
Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.1. Presentar licencia de conducción adulterada o ajena, lo cual dará lugar a la inmovilización del vehículo.
Contenido de la licencia
Cara principal
Aparece el nombre completo de la persona autorizada para conducir, la fecha de nacimiento, la fecha de expedición del documento, el organismo que la expide, la identificación del conductor y su tipo de sangre,
Respaldo
Aparece las categorías para los cuales está probado esa licencia y sus respectivas fechas de vencimiento, la huella dactilar del conductor, y el código de barras para ser leído por las autoridades.
Requisitos para obtener la licencia
Servicio particular
Saber leer y escribir, aprobar los exámenes tanto teórico como práctico ante un centro de enseñanza automovilística de acuerdo a lo consagrado en el decreto 1500 de 2009, la resolución 32 45 del mismo año, y el decreto 1079 dem2015 posteriormente se debe presentar el certificado aptitud física mental y en cuanto al requisito de la edad; haber cumplido 16 años
Vigencia
- Para menores de 60 años la vigencia es por 10 años.
- Para personas que estén entre los 60 y los 80 años será de cinco años
- Para mayores de 80 la vigencia será de un año
Servicio publico
Saber leer y escribir, aprobar los exámenes tanto teórico como práctico ante un centro de enseñanza automovilística de acuerdo a lo consagrado en el decreto 1500 de 2009, la resolución 32 45 del mismo año, y el decreto 1079 dem2015 posteriormente se debe presentar el certificado aptitud física mental y en cuanto al requisito de la edad; haber cumplido 18 años
Vigencia
- La renovación debe hacerse cada 3 años
Suspensión de la licencia
- Por disposición de las autoridades de tránsito, basadas en imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, soportando en un certificado médico o en el examen de aptitud física, mental o de coordinación expedida por un centro de reconocimiento de conductores.
- Por decisión judicial
- Por encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por la autoridad competente de conformidad con lo consagrado en el artículo 152 del código.
- Por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido por la autoridad respectiva
Cancelación de la licencia
2. Por decisión judicial.
3. Por muerte del titular. La Registraduría Nacional del Estado Civil está obligada a reportar a los sistemas creados por los artículos 8 y 10 del presente ordenamiento, el fallecimiento del titular
5. Reincidencia por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido por la autoridad respectiva
6. Por hacer uso de la licencia de conducción estando suspendida
7. Por obtener por medios fraudulentos la expedición de la licencia de conducción, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Licencia de transito
Documento público que identifica un vehículo automotor, que acredita su propiedad e identifica a su propietario y autoriza a dicho vehículo para circular por las vías públicas y por las privadas abiertas al público.
Conocido por muchos como la tarjeta de propiedad, este documento ya no identifica a la persona que está conduciendo, es decir al conductor, LA LICENCIA DE TRANSITO identifica al vehículo automotor, y acredita quien, es su propietario, es decir identifica al dueño del vehículo, y por último autoriza a que el vehículo puede circular por las vías de nuestro territorio.
Contenido de la licencia
Cara principal
La identificación la marca, el cilindraje, el número del motor, el número de serie, nombre e identificación del propietario del vehículo, modelo del vehículo, clase del vehículo.
Respaldo
Aparecen las limitaciones, que quiere decir si de pronto el vehículo tiene una prenda a favor de un tercero, por ejemplo a favor de un banco, así mismo la fecha de expedición del vehículo, el número de puertas, La potencia, allí mismo también aparece la huella dactilar y el código de barras para ser identificado por la autoridad competente
Cancelación de la licencia de transito
La cancelación de la licencia de tránsito de un vehículo se cancela por la solicitud de su titular por estas razones
- Primero por destrucción total del vehículo.
- Segundo por pérdida definitiva cuando por ejemplo en un accidente no queda nada del vehículo, se chatarriza.
- Tercero por la exportación o importación
- Cuarto por Hurto o desaparición documentada sin que se conozca el paradero final del vehículo, previa comparación del hecho por parte de la autoridad competente.
SOAT
Que significa la abreviatura SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito).
El SOAT está regulado en el Articulo 42 del CNTT. Seguros obligatorios. Para poder transitar en el territorio Nacional todos los vehículos deben estar amparados por un seguro obligatorio vigente. El Seguro Obligatorio de accidente de Tránsito, SOAT, se regirá por la norma actualmente vigente o aquellas que la modifiquen o sustituyan.
El SOAT es un seguro obligatorio establecido por Ley que tiene por objetivo asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte. El seguro atiende al asegurado, a los ocupantes de un vehículo, y también a los peatones que pudieran verse afectados por un accidente de tránsito.
El SOAT tiene vigencia, por lo tanto debe renovarse cada año, se cuenta desde el momento en que se expide por una aseguradora autorizada, y posteriormente cada año lo deben renovar, si esto no está renovado y existe un accidente de tránsito el seguro no les va a cubrir el accidente, y serán sancionados.
Sanciones por no portar el SOAT
El artículo 131 del CNTT- Literal D será sancionado con multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
- Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley. Además, el vehículo será inmovilizado.
Cuáles son los amparos a las víctimas
Entonces en primer lugar debemos explicar que si ocurre un accidente de tránsito ese seguro va a amparar económicamente una serie de situaciones causadas por el accidente, los gastos médicos quirúrgicos farmacéuticos y de hospital lo cual será cubierto hasta por un monto de
•800 salarios mínimos legales diarios vigentes
Asimismo, ampara la incapacidad permanente.
Es una situación en la cual la persona que ha sufrido un accidente de tránsito pierde su capacidad física.
SOAT ELECTRONICO
Recientemente el SOAT y tiene la ventaja de portarse de manera electrónica, lo cual genera una amplia ventaja para los conductores ya que no tienen la necesidad de llevarlo físicamente, si no lo pueden portar de manera electrónica en su teléfono móvil, en fin lo pueden portar física y electrónicamente.
Revisión técnico – mecánica y de emisiones contaminantes
De tal manera, por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad.
Y esas óptimas condiciones quedan certificadas en el documento que lo denominamos
REVISIÓN TÉCNICO – MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES
Esta revisión se debe realizar en cualquiera de los centros de diagnóstico automotor (CDA) autorizados por el ministerio del transporte.
Finalidad
• El adecuado estado de la carrocería.
• Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia
• El buen funcionamiento del sistema mecánico.
• Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico.
• Eficiencia del sistema de combustión interno
• Elementos de seguridad.
• Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que éste opere con aire, que no emita señales acústicas por encima de los niveles permitidos.
• Las llantas del vehículo.
• Del funcionamiento de la puerta de emergencia.
• Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público.
Sanciones
Según el artículo 131 del CNTT
Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes, además el vehículo será inmovilizado.